Alegato de un Sabalero
para Audiencia Pública sobre Tarífas de Gas – 16 de Septiembre de 2016.
El Ministerio de
Energía y Minería a cargo del Ing. Juan José Aranguren, ha dado cabal muestra
de incapacidad y desprolijidad, a
través de los sucesivos y erráticos pasos implementados con respecto a las tarifas
de gas desde el 31 de marzo del 2016 hasta el día de hoy.
Con fecha 31 de marzo
por resolución 28/2016 determinó los nuevos cuadros tarifarios con aumentos que
en algunos casos superaron el 1000 %, esto
trajo como consecuencia, protestas callejeras (ruidazos) y presentación de
cautelares varias de todo el arco social, familias, comerciantes, pymes,
clubes, centros culturales, etc.
Ante el descontento
generalizado, el 07 de junio del 2016 por resolución 99/2016 dictamina
que la suba de las tarifas no podrán superar el 400% para residenciales y el
500% en el comercio y la industria. (siguen los ruidazos)
Las cautelares llegan
a instancia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien en mediados
de agosto del 2016 con su fallo dictamina que para la fijación de tarifas es
obligatorio el cumplimiento de una Audiencia Pública Previa.(tira la pelota
para adelante)
No obstante esto el 8
de septiembre del 2016 pasado, el Ministerio de Energía y Minería da a
conocer un nuevo cuadro tarifario para hogares que prevee un incremento
superior al 200% a partir del 1ro. de Octubre del 2016, con ajustes
semestrales hasta el 2019, siempre considerando la tarifa en dólares (u$s), dicha propuesta también es INACEPTABLE como las anteriores por las siguientes
razones:
1.- Vienen a
proponernos a esta audiencia pública de antemano un cuadro tarifario con
carácter de último sin ser consensuado, desoyendo el mandato de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación.
2.- Toda Tarifa es
Social porque la finalidad objetiva de la estructura impositiva de los
servicios públicos es garantizar, vía la Justicia Social, el goce
universal y efectivo de los mismos. Si esa carga impositiva endeuda al Pueblo e
impide el acceso al servicio se torna ilegítima.
3.- Son los Pueblos los titulares de sus Recursos Naturales, corresponde a sus
representantes administrarlos con fidelidad. Y siempre en un sentido de
mejorar la condiciones de VIDA, de incrementar derechos y no reducir su goce
efectivo. El aumento que se pretende imponer de los servicios pone en riesgo
el derecho a un nivel de VIDA adecuado. Pone a una parte significativa de la
población en situación de POBREZA ENERGÉTICA implicando esto que las personas
deben optar entre pagar los servicios o alimentarse.
4.- Están
vulnerando derechos humanos sociales, culturales y económicos, estos son internacionales
e imprescriptibles, todos tenemos derecho al trabajo en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, derecho
a la seguridad social; derecho a la salud; derecho a la educación; DERECHO A
CONTAR CON SERVICIOS PÚBLICOS y derecho a la alimentación entre otros.
5.- No existe
información de la administración actual que justifique el aumento. No se
establece una relación real entre costo de producción y tarifa. No se
discute, ni se brinda información sobre el valor del Gas en Boca de Pozo, se
desoye así una vez mas a la Corte Suprema de Justicia.
6.- El Estado subsidia el gas
importado, los usuarios utilizan un 10% que proviene de Bolivia y +/-10% de
GNL ( gas natural que ha sido procesado para ser transportado en forma
líquida) a un valor estimado de u$s 3,3 por millon de BTU y subsidia también el llamado gas de “producción
incremental” siendo a partir del 2013 que se dispone promover
producciones nuevas, en el 2015 estas significaban un 4% aproximadamente del
total de gas extraído, fijándose un valor de 7,50 u$s por millón de BTU que
hoy debe ser revisado por los valores internacionales
a la baja. Pues bien el Ministerio de Energía y Minería, nos propone hoy un mix
entre el precio del valor del Gas Tradicional a U$S 2,60 x m BTU y el Gas
Incremental a U$S 7,50 x m BTU teniendo como meta a través de ajustes
semestrales alcanzar un precio objetivo en el 2019 de U$S 6,78 x m BTU (sí,
leyó bien 6,7,8 parece joda ). Considera así al total de gas consumido
como subsidiado, siendo brutal la transferencia de millones de dolares a un
sistema corporativo que no ha mostrado ninguna estructura real de costos,
inversiones y beneficios para la Nación.
7.- La Propuesta del 8 de Septiembre de 2016 es inaceptable porque
ata los reajustes tarifarios a una moneda extranjera (dólar), vulnerando la
integridad patrimonial argentina. Las familias producen y viven en pesos.
Los incrementos a implementar deberían estar en relación directa con los
incrementos salariales. Se genera especulación y una
monumental transferencia de recursos desde los usuarios a las corporaciones.
8.- Como están dadas las cosas la gradualidad propuesta en la
Audiencia Pública por el MEYM conlleva mayores riesgos para el pueblo que el
tan traumático tarifazo inicial : a) Pone todo el sistema en función de
beneficiar a la producción incremental, sin controles, sin auditorias,
sin información veraz. b) Le traslada a los usuarios una carga de subsidios
inflada que no coincide con los valores actuales de mercado. c) Quien menos
puede consumir más paga. d) Crea una barrera especulativa, la dolariza, para
limitar el acceso de las familias a un servicio básico. e) Pone a Vaca Muerta,
el segundo yacimiento a nivel mundial de gas no convencional y a nuestra
soberanía energética en peligro.
POR ESO CONSIDERAMOS QUE LO QUE VIENE A PROPONER EN ESTA AUDIENCIA EL
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA ES NULO DE NULIDAD ABSOLUTA.
Mi propuesta es primero diferenciar claramente los porcentuales del Gas
Nacional, del Importado, como también el volumen del Gas Incremental para poder
determinar fehacientemente los costos y esto deberá venir perfectamente detallado
en la factura.
Ante lo expuesto considero: se audite toda la estructura de subsidios
que recibieron y reciben las empresas de energía para de esa manera
transparentar costos y rendir cuentas de que es lo que hicieron, lo que hacen y
lo que harán con los recursos cuyos único titular es EL PUEBLO, antes de seguir
transfiriéndoles recursos, debiendo en el mientras tanto retrotraerse los
valores al 31 de marzo del 2016 anulando todas las resoluciones emitidas en
cuanto a tarifas por el Ministerio de Energía y Minería.
Fuente de Información
IESO (Instituto de Energía Scalabrini Ortiz)
DemCom (Democracia
Comunicacional)
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